MI PRIMERA TENTACIÓN EN LA ARGENTINA

| 13 mayo, 2013

Folleto de Pablo Besson

Llegó a Buenos Aires a los treinta y tres años, sólo de paso. Su destino era el pueblo de Esperanza, en la Provincia de Santa Fe, desde donde colonos de habla francesa lo habían llamado. No duró mucho allí, al año siguiente ya había vuelto a Buenos Aires. Entendió que ese era el lugar donde se desarrollaba la batalla.

Llegó con su historia a los hombros, pocos años pero vividos intensamente. Se encontró con otra historia, la de nuestra –en ese momento- joven Nación y hubo ciertas colisiones casi inevitables entre ambas historias.

A sus treinta y tres años sabía de de renunciamientos y persecución. Estudió en su Suiza natal con grandes profesores y eruditos de su época, fue pastor en la Iglesia Reformada en el cantón de Neuchatel; pero al comenzar a militar a favor de la separación de la iglesia y el estado, dejó esta iglesia para formar la Iglesia Evangélica Neuchateliense Independiente. Renuncia al pastorado y viaja a Francia donde se relaciona con la iglesia bautista y bautizándose por inmersión se unió al pueblo bautista, del cual no habría de separarse en el resto de sus días. En Francia conoció la prisión por sus primeras luchas a favor de la libertad de propaganda,

Nuestro país tenía su propia historia. Se encontró que el país había elegido un nuevo Presidente. El elegido era don Julio Argentino Roca, que había acumulado supuestos méritos, por su accionar militar de exterminio de los pueblos originarios, conocido como “Campaña del Desierto”

En su primera impresión, debe haber sentido un gran desconsuelo. El mismo dice en su escrito publicado en el Expositor Bautista, que el titula “Mi Primera Tentación en la Argentina” que “Al desembarcarme, en 1881, del vapor Belgrano perdí mi primera ilusión de la República Argentina que yo creía tierra virgen y libre. En el Preámbulo de la Constitución se aseguran los beneficios de la libertad a los que quieran habitar en su suelo. A pesar de esta garantía constitucional, nosotros, los bautistas, estábamos privados de los derechos del hombre, del ciudadano y del estado civil.”

Debe haber leído el mismo preámbulo que nosotros leemos en la actualidad, porque dicho texto  -con pequeños cambios- se mantiene hasta el presente (salvo un breve intervalo desde el 49 al 55). Decía en esa época, con otra grafía, “Nos, los Representantes del pueblo de la Confederacion [sic] Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y eleccion [sic] de las Provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la union [sic] nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer á [sic] la defensa comun [sic], promover el bienestar jeneral [sic], y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino: invocando la proteccion [sic] de Dios, fuente de toda razon [sic] y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitucion [sic] para la Confederacion [sic] Argentina.” (Texto vigente según el Diario de Sesiones de la Convención Constituyente de 1860)

No creo que Besson conociera algo más de la Constitución a su llegada. Supongo que habría leído el Preámbulo en uno de los miles de folletos que se repartían en Europa para atraer colonos a  nuestro país. Besson, en algunos de sus folletos y escritos posteriores, hace un detalle exhaustivo de los artículos de la Constitución Nacional que debían ser reformados, sin mencionar ninguno de ellos en este folleto sobre su primera impresión y tentación. Si hubiera conocido todo el texto, hubiera sabido que parte del articulado de la Constitución traiciona los postulados del Preámbulo.

Besson mismo manifiesta que “Por haber renunciado, en mi patria, al ministerio de la Iglesia presbiteriana del Estado, y haber reclamado en Francia la separación entre la Iglesia y el Estado, yo no hubiera podido, sin prevaricar, reconstruir aquí lo que había derribado (Gálatas 2:13) ni imitar a los pastores… que no sólo habían reconocido al Patrono eclesiástico, al Ministerio de Culto (romano) sino que habían solicitado por medio de los ministros plenipotenciarios de sus naciones, la entrega de los mismos registros de bautismos (infantiles), de matrimonios y de mortalidad [sic] que se daban a los curas párrocos de la religión del Estado.”

Arnoldo Canclini, en su libro “Si, quiero. Historias y anécdotas del matrimonio en la Argentina” manifiesta –comentando este folleto- que “El cónsul de Suiza había sugerido a Besson que solicitara su reconocimiento como pastor de la colectividad de su país, pero él insistió en que sus convicciones no se lo permitían. Inscribirse como Suizo, así como otros lo habían hecho como inglés, escoses, alemán o norteamericano, a su juicio era dar al Estado una atribución que no le correspondía: La de autorizar o no a ejercer un ministerio religioso, basándose nada menos que en la nacionalidad del peticionante y los miembros de la iglesia que representaba. Considerar que ésta se relacionaba con un determinado país era a la vez renunciar al derecho de compartir su mensaje con el resto de la población, como él ya lo estaba haciendo.”

A pesar de la crítica a los otros pastores desde una posición minoritaria –posiblemente era el único que pensaba de esa manera-.  Canclini manifiesta que eran amigos entre ellos.

Vale la pena aclarar que en esta época no existían los Registros Civiles, sino que existían Registros en las Parroquias. Las constancias de estos registros de bautismo, de matrimonio y de defunción, son las que se han dado en llamar “partidas parroquiales” y eran los documentos válidos para probar el nacimiento, el matrimonio y la defunción de las personas, Estos documentos eran utilizados no sólo a los efectos religiosos, sino también civiles (por ejemplo la determinación de la relación paterno-filial en una sucesión)

Pues sí, Pablo Besson sintió la “tentación de aprovechar los privilegios de la protección episcopal, de la prerrogativa teocrática del clero” pero eligió “ser puesto como en Francia los hugonotes hasta 1789, y en Inglaterra los no-conformistas, fuera del estado teocrático y afrontar los riesgos y peligros de la libertad”

Era una situación crítica, pues a pesar de que el “Código Civil de Velez, manifestaba que las municipalidades de Buenos Aires debían crear los registros públicos para que se establezca los nacimientos de los hijos del país,” estos no habían sido creados. Por ello, “en virtud de la vieja legislación de España, siempre en vigor, el falso bautismo (por aspersión o efusión), era el requisito legal para conceder a los recién nacidos la existencia, la ciudadanía; la partida, o fe de bautismo, era el único medio para acreditar la filiación, la herencia y otros derecho naturales.”

Este mismo folleto menciona que “el registro estadístico de 1872 se lee: “No habiéndose establecido aún en la provincia el registro de estado civil de las personas, sólo figuran como nacidos los niños que fueron llevados a la iglesia para ser bautizados, pero los que mueren después de nacidos sin bautizar no están comprendidos (sic) en el registro, como tampoco están aquellos que, por las creencias de sus padres quedan sin ser bautizados en alguna de las iglesias cristianas existentes en la Provincia.” La falta de registros públicos provocaba una minusvaloración de la cantidad de nacimientos.

Ante esta tentación, ante la circunstancia –renunciando a sus convicciones- de aceptar poseer los registros necesarios solicitándolos a través del cónsul suizo, eligió combatir. Desde 1881 hasta 1888, se dirigieron a los ministros de justicia, Dr. Wilde y Dr. Filemón Posse y al Congreso de la Nación para que se hiciese la reforma del Código Civil.

Esta batalla duró varios años, pero la lucha por estos principios duró muchos más años, hasta el final de sus días, allá por el año 1932.

 

Dr. Claudio Daniel Boada
Abogado
Dirigente de la Unión de Usuarios y Consumidores
Estudiante avanzado en la Maestría en Estudios Religiosos del SITB (Seminario Bautista)

 

 

Cordialmente es la expresión de PASTORESxlaGENTE que fiel a sus principios no procura fijar conceptos únicos, sino que busca expresar la diversidad en la pluralidad que caracteriza al movimiento evangélico.
Las notas publicadas en esta edición digital reflejan la opinión particular de los autores.
La dirección de Cordialmente procura que la expresión bíblica “examinadlo todo, y retened lo bueno” sea el objetivo, por lo cual se invita a los distintos escritores a presentar sus fundamentos dejando el juzgamiento del artículo en cada uno de los lectores.
Si desea agregar su comentario a una de las notas puede hacerlo teniendo en cuenta las siguientes limitaciones:

  • Debe ser de hasta 140 caracteres
  • Puede referirse libremente en aprobación o oposicióna las ideas y conceptos expresados
  • No debe incluir comentarios personales o críticas sobre el autor de la nota
  • No debe utilizar el espacio para agraviar a una Iglesia o institución
  • No debe utilizarse para promociones de ningún tipo

 

 

 

Categoria: Biografías, Edición 4 | Iglesia y Sociedad, entrega 2, TESTIMONIOS E HISTORIA

Comments are closed.